La Justicia suspendió artículos del mega DNU que derogan régimen de sociedades del Estado

El Superior Tribunal de Misiones otorgó una cautelar presentada por el gobierno de Hugo Passalacqua. Consideran que es inconstitucional y afecta la política económica local.
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Silicon Misiones Sociedad del Estado.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Misiones le dio un cachetazo al presidente Javier Milei y suspendió el articulado del DNU 70/2023 de Bases para la Reconstrucción de la Economía Argentina que eliminó el régimen de sociedades del Estado.

De esta manera, el máximo órgano judicial de la provincia concedió una cautelar planteada por el gobierno de Hugo Passalacqua. El escrito consideraba que el decreto “incurre en manifiesta inconstitucionalidad e irrazonabilidad”. Además, se apuntaba que el instrumento no cumple con los requisitos previstos para considerarse de “necesidad y urgencia”.

De acuerdo al medio Será Justicia, a diferencia del amparo presentado ante la Justicia Federal, la cautelar elevada por el Estado provincial ante el STJ apuntaba solamente a dejar sin efecto los artículos que alcanzaban a las legislaciones vigentes respecto a las empresas estatales, sin hacer mención a la situación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym), que será abordada por la Corte Suprema.

Asimismo, el gobierno alega que el decreto afecta a las legislaciones relacionadas a las sociedades del Estado, permitiendo su transformación en sociedades anónimas.

Para el Ejecutivo misionerista, “las modificaciones del DNU son de gravedad institucional, lesionan derechos constitucionales, atentan contra el sistema republicano federal y constituyen una intromisión a la autonomía de las provincias y su poder de policía”.

Además, se sostiene que “el Estado misionero ha dictado normas mediante las cuales ha procedido a la creación de distintas sociedades tendientes al desarrollo de su política económica«, como lo son Silicon Misiones, Agua Misioneras, el Instituto Provincial de Lotería y Casinos o Misiopharma, entre otras tantas.

«El DNU atentaría contra la autonomía provincial y su poder de policía, que le permite reglar sus cuestiones relativas a su propio orden institucional, político, administrativo, económico y financiero”, indicó la presentación judicial.

A su vez, el gobierno agregó que podría haber “un impacto impredecible en las relaciones laborales con sus empleados, asociaciones sindicales o gremiales». Eso podría, incluso, obligar a «afectando y obligando -entre otras cosas- a «revisar convenios colectivos de trabajo que se perfeccionaron y adecuaron teniendo en cuenta las figuras jurídicas específicas que el DNU pretende derogar y todo lo relacionado con ello”.

Frente al planteo, el STJ consideró viable “avocarse al tratamiento de la medida solicitada por el Estado de la provincia”, a la vez que determinó de dejar sin efecto los artículos puestos en debate.

“Surge de la propia norma atacada el plazo de 180 días desde su entrada en vigencia para efectivizar la transformación ordenada», dijeron los jueces.

«En relación a ello, entiendo que el Estado provincial ha brindado sólidos argumentos que demuestran las numerosas consecuencias que derivarían de intentar cumplimentar con esta manda en el plazo otorgado, existiendo un peligro verosímil de afectar gravemente el funcionamiento del Estado misionero”, concluyó la presidenta del STJ, Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, la primera ministra en efectuar su voto.

Luego, adhirieron sus pares Froilán Zarza, Cristian Benítez, Juan Manuel Díaz, Jorge Antonio Rojas y Cristina Leiva.

Al hacer lugar a la cautelar, el STJ dispuso la suspensión de los artículos 36, 40, 48, 49 y 51 del DNU 70/2023.